Hola a todos,
Como todos/as sabrán por ser público y notorio, el Gobierno
ha declarado el estado de alarma en todo el territorio nacional, en virtud del
Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el que se declara el estado de
alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el
COVID-19, (BOE nº 67, de fecha 14 de marzo de 2020):
En virtud de dicho Real Decreto queda restringido el derecho
a la libre deambulación de todos los ciudadanos y limitado, única y
exclusivamente, a las actividades que se contienen en dicha norma. Por tanto
está prohibida la realización de cualquier tipo de actividad deportiva de
montaña en grupo o a título individual.
Por otro lado, sin perjuicio de las consecuencias legales
que puede suponer el incumplimiento del Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo,
durante el periodo de su vigencia, ante un eventual accidente deportivo por
un/a federado/a, la Cia. Aseguradora podrá rehusar el siniestro por considerar excluido
el mismo, (tanto el riesgo como el accidente en sí), y por entender que hay una
transgresión en la buena fe contractual:
Artículo 5.2 g): riesgos excluidos; y el artículo 8:
accidentes excluidos, apartados 7) y 20) de la póliza de seguros suscrita por
la Federación Canaria de Montañismo con la Cia. Aseguradora GENERALI ESPAÑA,
S.A. DE SEGUROS Y REASEGUROS. Ello supondría que el/la deportista federado/a
tendría que hacer frente a los gastos que se ocasionen por el accidente
deportivo (por ejemplo gastos médicos y de rescate si lo hubiera).
http://www.fecamon.es/images/poliza2020fecamon.pdf
Un saludo a todos,
Ramón Casillas Ruiz
Presidente del Grupo Montañero Tamaide